De acuerdo con la "Instrucción de Servicio 2/1999 sobre Pruebas Náutico-Deportivas de Carácter Colectivo" de la Dirección General de la Marina Mercante, el Coordinador de Seguridad de esta regata pone en conocimiento de la persona que firma esta Inscripción del Capítulo Segundo, Apartado 7 de esta "Instrucción de Servicio". Dice textualmente: "Advertir a los participantes, antes del inicio de la prueba, que las embarcaciones sólo podrán participar si están reglamentariamente despachadas para navegar por las aguas por las que transcurrirá la prueba, y si sus patrones cuentan con titulación suficiente para su gobierno".